SII habilita plataforma para acceder a un nuevo beneficio para Micro, Pequeñas y medianas empresas destinado a apoyar el pago del aumento del sueldo mínimo

Ya está disponible en www.sii.cl la opción para que las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) cooperativas, personas jurídicas sin fines de lucro (como fundaciones) y comunidades puedan solicitar el Nuevo Subsidio al Sueldo Mínimo, beneficio que les entrega un apoyo para el pago del aumento del sueldo mínimo, luego de la publicación del Decreto N°1783 del Ministerio de Hacienda sobre esta materia.

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Director del SII y el General Director de Carabineros ratificaron trabajo colaborativo de ambas instituciones para la detección y monitoreo de actividades económicas ilícitas

El Director del SII, Jorge Trujillo, realizó su primera vista a Carabineros de Chile, donde fue recibido por el Director de Carabineros de Chile, Marcelo Araya, con quienes intercambiaron impresiones del trabajo de ambas instituciones y la importancia de continuar con la colaboración conjunta para combatir especialmente situaciones que afectan a todos los chilenos, desde las actividades económicas ilícitas, comercio informal, incluyendo otros delitos como lavado de activos.

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Resolución N° 60 del 24-04-2026 : Fija antecedentes para solicitar rebaja del imp…

Fija antecedentes para solicitar rebaja del impuesto territorial de inmuebles ocupados, conforme con lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley N° 21.806. Fuente: Subdirección de Avaluaciones….

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Resolución N° 59 del 24-04-2026 : Delega facultad que indica en el funcionario qu…

Delega facultad que indica en el funcionario que se individualiza Fuente: Subdirección Jurídica….

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Resolución N° 58 del 24-04-2026 : Instruye sobre requisitos, fija procedimiento p…

Instruye sobre requisitos, fija procedimiento para solicitar el subsidio temporal establecido en el artículo 8° de la Ley N°21.751, y habilita plataforma al efecto. Fuente: Subdirección de Fiscalización….

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ORD.N°253/21

‘Se reconsidera, en lo pertinente, la doctrina administrativa previa sobre la implementación de la reducción de jornada contemplada en la Ley Nº21.561, en todo lo contrario e incompatible con este pronunciamiento.nnLa Ley Nº21.755, en su artículo 24, vino a precisar el sentido y alcance de la expresión «en forma proporcional» contenida en el artículo tercero transitorio de la Ley Nº21.561, resolviendo la discusión relativa a la forma de implementar la rebaja de jornada en ausencia de acuerdo.nnA contar del 26 de abril de 2026, la rebaja de jornada de 44 a 42 horas semanales debe implementarse de conformidad con la Ley Nº21.561 y con el artículo 24 de la Ley Nº21.755, debiendo reflejarse en una disminución efectiva y operativa del tiempo de trabajo.nnLa ley privilegia el acuerdo entre las partes y con las organizaciones sindicales como mecanismo principal para implementar la rebaja de jornada. A falta de acuerdo, el legislador no ha establecido requisitos específicos sobre la forma de configurarlo o acreditarlo, no correspondiendo a la autoridad administrativa introducir exigencias adicionales no previstas en la ley. Sin perjuicio de ello, corresponderá al empleador acreditar mediante antecedentes razonables que han existido instancias reales de interacción y tratativas con los trabajadores o sus organizaciones sindicales sin que se haya logrado alcanzar un acuerdo formal, pudiendo dicha acreditación efectuarse por cualquier medio idóneo.nnPara el caso en que no ha existido acuerdo en ninguna etapa, en jornadas distribuidas en cinco días la rebaja de dos horas semanales del hito de cuarenta y cuatro a cuarenta y dos horas deberá implementarse mediante la disminución de una hora al término de la jornada en dos días distintos; y en jornadas distribuidas en seis días deberá implementarse mediante la disminución de cincuenta minutos al término de la jornada en dos días distintos y la fracción de veinte minutos en un tercer día, conforme a la unidad de tiempo establecida en la Ley Nº21.755. En el caso de trabajadores con jornada inferior a 44 horas semanales a la fecha de entrada en vigencia de este hito, la rebaja necesaria para alcanzar las 42 horas deberá distribuirse aplicando como unidad máxima de rebaja diaria la de unan nnhora en jornadas de cinco días y de 50 minutos en jornadas de seis días, debiendo el remanente que no complete dicha unidad distribuirse en un día distinto, sin acumulación. Esta regla opera con independencia del origen de la jornada inferior, sea contractual o derivada de un acuerdo previo entre las partes.nnPara el caso en que existió acuerdo en la etapa anterior pero no existe acuerdo expreso en el presente hito, dicho acuerdo agota y circunscribe sus efectos respecto de esa etapa específica, sin que pueda extenderse a la presente etapa de transición, salvo lo que se pueda interpretar de la redacción del propio acuerdo. No habiendo acuerdo expreso para esta segunda etapa, el empleador debe aplicar la regla supletoria del artículo tercero transitorio de la Ley Nº21.561, precisada por el artículo 24 de la Ley Nº21.755, sin poder reabrir ni modificar unilateralmente lo acordado para la primera etapa, y con independencia de la forma en que dicho acuerdo o aplicación supletoria hubiere distribuido la rebaja anterior.’

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SII consigue condena en contra de contribuyentes que defraudaron al Estado mediante solicitudes indebidas de devoluciones de impuesto a la Renta

El Tribunal Oral en lo Penal de San Bernardo condenó a Blanca Rojas y Yuri Hualme, a 5 años y 1 día de presidio efectivo por ejecutar una acción delictiva destinada a obtener devoluciones de impuesto que no les correspondían, vulnerando así el artículo 97 N°4 inciso tercero del Código Tributario.

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SII autorizó la devolución anticipada de impuestos para más de 988.933 declaraciones presentadas hasta el 8 de abril

El Servicio de Impuestos Internos informó que, terminada la etapa de revisión de 1.063.066 declaraciones de Renta presentadas por personas entre el 1 y 8 de abril, autorizó la devolución de impuestos para 988.933 contribuyentes, lo que equivale al 93% del total de declaraciones recibidas en el período

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SII intensifica controles carreteros al traslado de mercancías y productos pesqueros fiscalizando a cerca de 560 vehículos en el país y cursando más de 20 infracciones solo en la RM

Una de las principales prioridades establecidas por el Servicio de Impuestos Internos para 2026 apunta al fortalecimiento de diversas acciones de cumplimiento tributario, con el objetivo de combatir la evasión y la informalidad.

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