Con fecha 25 de junio se publicó en el Diario Ofical la Ley 20.848 que Establece Marco Para la Inversión Extranjera Directa en Chile.
Ambito de aplicación
Respecto a su ambito de aplicación, esta ley dispone lo siguiente:
Artículo 1°.- Las disposiciones de esta ley serán aplicables a los inversionistas extranjeros que efectúen inversiones conforme a las definiciones y requisitos que se establecen en los artículos siguientes.
Nueva Institucionalidad
El presente cuerpo normativo, además, crea la siguiente institucionalidad:
Artículo 12.- Créase el Comité de Ministros para el Fomento y Promoción de la Inversión Extranjera, en adelante «el Comité de Ministros», que tendrá por objeto asesorar al Presidente de la República en las materias vinculadas al fomento y promoción de la inversión extranjera.
Artículo 15.- Créase la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera, en adelante «la Agencia», como servicio público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, domiciliado en la ciudad de Santiago y que se relacionará con el Presidente de la República por intermedio del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
Para revisar el texto integro de la norma, puedes seguir el siguiente link.