MODIFICA EL CÓDIGO PENAL PARA TIPIFICAR ACCIONES QUE ATENTEN CONTRA LA LIBERTAD DE CIRCULACIÓN DE LAS PERSONAS EN LA VÍA PÚBLICA A TRAVÉS DE MEDIOS VIOLENTOS E INTIMIDATORIOS, Y FIJA LAS PENAS APLICABLES AL SAQUEO EN LAS CIRCUNSTANCIAS QUE INDICA
MODIFICA LA LEY Nº 21.131, QUE ESTABLECE PAGO A TREINTA DÍAS, PARA PERMITIR QUE DETERMINADOS CONTRIBUYENTES EMITAN GUÍAS DE DESPACHO EN SOPORTE DE PAPEL
La circular 3485 de SUSESO de 07/01/2020, que viene en modificar la circular 2052, en cuanto al tope que permite dicha institución para descuentos de cuotas de créditos de caja de compensación, el tope queda según el siguiente detalle.
Remuneración,
Renta o Pensión liquida
Tope
de descuento
Igual
o mayor al ingreso mínimo mensual para mayores de 18 años y hasta los 65 años
de edad (igual o mayor que $301.000)
25%
Superior
al ingreso mínimo para fines no remuneracionales e inferior al I.M.M. para
mayores de 18 años y hasta los 65 años de edad (Menor que $301.000 y mayor
que $194.164)
20%
Inferior
al ingreso mínimo para fines no remuneracionales (Menor que $194.164)
15%
Beneficiario
de Pensión Básica Solidaria
5%
(excepcionalmente 10%)
Dicha circular se puede descargar en el siguiente link.
Hace un tiempo C.G.R., resolvió la discusión sobre la forma de computar el plazo para solicitar reconsideración de multa, conforme el Art. 511, concluyendo que este se computa según la Ley 19.880, sin embargo, dicho pronunciamiento nada dijo sobre otros plazos como los del Art. 506 ter y 508, ahora la D.T., ha hecho extensivo dicho criterio del ente contralor, por medio del dictamen 253-001 de 14/01/2020
AUTORIZA LA INTERMEDIACIÓN DE MEDICAMENTOS POR PARTE DE CENABAST A ALMACENES FARMACÉUTICOS, FARMACIAS PRIVADAS Y ESTABLECIMIENTOS DE SALUD SIN FINES DE LUCRO