ORD. N°904/39
«Resulta procedente considerar al personal contratado a plazo fijo por una Corporación Municipal para desarrollar los programas PRAPS para los efectos de la Ley N°21.308 en los términos expuestos en el presente oficio.»
«Resulta procedente considerar al personal contratado a plazo fijo por una Corporación Municipal para desarrollar los programas PRAPS para los efectos de la Ley N°21.308 en los términos expuestos en el presente oficio.»
«No resulta legalmente procedente exigir a los docentes de aula, que prestan servicios en los colegios particulares pagados, el cuidado de la disciplina de los alumnos en los patios y en los comedores, durante sus recreos.»
«Se autoriza el pago de los bonos compensatorios del beneficio de sala cuna, mientras no se haga uso de ese derecho por medio de una de las alternativas previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo y se mantengan las condiciones descritas en el presente informe, esto es, ausencia de sala cuna particular autorizada que ofrezca el servicio de sala cuna en la comuna de La Unión.»
» 1.Esta Dirección deberá abstenerse de emitir el pronunciamiento jurídico solicitado por tratarse de una consulta de carácter genérico, respecto de la cual no se ha aportado antecedentes suficientes que permitan dar respuesta a lo consultado, sin perjuicio de lo señalado en el presente informe.»
«No resulta posible determinar que los trabajadores de la empresa Consultara e Ingeniería Geomar Ltda. que se desempeñan en terreno puedan laborar excluidos de la limitación de jornada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22 inciso segundo del Código del Trabajo, en virtud de la revisión de los documentos que acompaña.nSin perjuicio de lo anterior, la norma legal citada establece el derecho a que cualquiera de las partes de la relación laboral, en caso de controversia, pueda solicitar la intervención y resolución del Inspector del Trabajo respectivo, de acuerdo con lo informado en el presente oficio.»