Suseso es parte del proyecto impulsado por Hacienda sobre Gobernanza de Datos con las superintendencias del país. Gobernanza de datos

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<p>La subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner, encabezó este lunes el lanzamiento oficial del proyecto de Gobernanza de Datos para las superintendencias del país, con el objetivo de levantar un marco para dotarlas de la metodología que permita velar por la adecuada captura, almacenamiento, procesamiento, y comunicación de datos, de manera que estos puedan interoperar facilitando la reportabilidad y el acceso expedito a los servicios entregados a la comunidad. Este Programa, pionero en el país, cuenta con la colaboración y respaldo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), y pretende aprovechar las sinergias y el efecto multiplicador de entidades reguladoras y fiscalizadoras para levantar modelos replicables en la institucionalidad pública.</p>
<p>Cabe recordar que ante la implementación de la Ley N°21.180 referida a la transformación digital de país, el Gobierno se encuentra trabajando en la Estrategia Nacional de Datos, la cual establecerá los estándares que determinarán las condiciones del flujo e interoperabilidad de éstos tanto en el sector público como privado.</p>
<p>»Como Ministerio de Hacienda circunscribimos este proyecto a la Agenda de Modernización del Estado del Gobierno del Presidente Boric, que tiene 30 iniciativas, y una de ellas se refiere a la Política Nacional de Interoperabilidad de Datos en el Estado, definida como la necesidad de tener estrategias que permitan interoperar las bases de datos con altos niveles de seguridad, resguardando la privacidad de los y las ciudadanas. Por lo mismo, para nosotros es fundamental avanzar hacia mejores plataformas y servicios digitales compartidos; y esperamos que este proyecto identifique las brechas para la interoperabilidad y que obtengamos un modelo replicable en el resto de las instituciones públicas, con las mejores prácticas en estas materias», explicó la subsecretaria Berner.</p>
<p>Por su parte, el coordinador de Modernización, Rodrigo Lavanderos, señaló que «la gestión de datos es parte de una estrategia integral de la gobernanza digital de los países, es un área sensible que requiere de políticas de acceso, control de riesgos y seguridad informática, más aún en el mundo de las superintendencias, instituciones encargadas de las funciones de regulación de sectores productivos del país». Agregó que «este proyecto permitirá, como parte de la Agenda de Modernización del Estado establecer estándares que permitirán la interoperabilidad de los datos de los sectores regulados, generando las sinergias necesarias para facilitar y fortalecer el acceso y los servicios prestados a la ciudadanía».</p>
<p>La superintendenta de Seguridad Social, Pamela Gana, quien fue parte de los expositores del encuentro, relevó la importancia de iniciar este proyecto de gobernanza de datos en conjunto con las superintendencias, que son los entes supervisores y reguladores en Chile. «La gobernanza de datos nos habilita para acercarnos a todo lo que es el proyecto de gobierno digital y de transformación digital del Estado. Al responder mejor a la ciudadanía con datos, les estamos garantizando derechos y un Estado más eficiente y efectivo. Y esto, tiene un impacto ciudadano importante», afirmó Gana.</p>
<p>En la actividad participaron el coordinador de Modernización del Estado, Rodrigo Lavanderos; la representante del BID en Chile, Florencia Attademo-Hirt; el director de la Secretaría de Gobierno Digital, José Inostroza, las superintendentas Pamela Gana, de Seguridad Social; Marta Cabeza, de Electricidad y Combustibles; Vivien Villagrán, de Casinos y Juegos; y Claudia Pastore, quien reemplazó a la titular de Medio Ambiente; y los superintendentes Hugo Sánchez, de Insolvencia y Reemprendimiento; Mauricio Farías, de Educación; Víctor Torres, de Salud; Jorge Rivas, de Servicios Sanitarios; José Miguel Salazar, de Educación Superior; y Osvaldo Macías, de Pensiones.</p>
<p>En términos más amplios, lo que se busca con este proyecto es avanzar hacia un Estado impulsado por datos, que no sólo optimice las operaciones internas, sino que también entregue mayor transparencia y confianza en las instituciones públicas.</p>
<p>La asesoría del BID considera la elaboración de un diagnóstico sobre el nivel de madurez institucional de las superintendencias, identificando brechas y entregando recomendaciones, incorporadas en una estrategia y un plan de acción. Florencia Attademo-Hirt, representante del BID en Chile, dijo que «es fundamental fortalecer las condiciones habilitantes que permitan aprovechar el potencial de los datos como un componente crucial para la transformación digital. Estamos convencidos que no hay desarrollo sin ellos y sin modernización de las instituciones públicas»</p>
<p>José Inostroza, director de la Secretaría de Gobierno Digital, destacó que «la transformación digital y un Estado más moderno se tienen que basar en un sistema de datos, por lo que hay que tener muy claro qué significa cada dato para cada uno de los actores. Estamos satisfechos porque hemos reunido a las superintendencias que son líderes en trabajar con datos en el Estado, que además regulan sectores. Por eso nos pondremos de acuerdo en un marco de gobernanza de datos para generar sinergia de proyectos entre ellas y potenciar la interoperabilidad».</p>

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Suseso es parte del proyecto impulsado por Hacienda sobre Gobernanza de Datos con las superintendencias del país. Gobernanza de datos

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<p style=»text-align: justify; «>La subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner, encabezó este lunes el lanzamiento oficial del proyecto de Gobernanza de Datos para las superintendencias del país, con el objetivo de levantar un marco para dotarlas de la metodología que permita velar por la adecuada captura, almacenamiento, procesamiento, y comunicación de datos, de manera que estos puedan interoperar facilitando la reportabilidad y el acceso expedito a los servicios entregados a la comunidad. Este Programa, pionero en el país, cuenta con la colaboración y respaldo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), y pretende aprovechar las sinergias y el efecto multiplicador de entidades reguladoras y fiscalizadoras para levantar modelos replicables en la institucionalidad pública.</p>
<p style=»text-align: justify; «>Cabe recordar que ante la implementación de la Ley N°21.180 referida a la transformación digital de país, el Gobierno se encuentra trabajando en la Estrategia Nacional de Datos, la cual establecerá los estándares que determinarán las condiciones del flujo e interoperabilidad de éstos tanto en el sector público como privado.</p>
<p style=»text-align: justify; «>»Como Ministerio de Hacienda circunscribimos este proyecto a la Agenda de Modernización del Estado del Gobierno del Presidente Boric, que tiene 30 iniciativas, y una de ellas se refiere a la Política Nacional de Interoperabilidad de Datos en el Estado, definida como la necesidad de tener estrategias que permitan interoperar las bases de datos con altos niveles de seguridad, resguardando la privacidad de los y las ciudadanas. Por lo mismo, para nosotros es fundamental avanzar hacia mejores plataformas y servicios digitales compartidos; y esperamos que este proyecto identifique las brechas para la interoperabilidad y que obtengamos un modelo replicable en el resto de las instituciones públicas, con las mejores prácticas en estas materias», explicó la subsecretaria Berner.</p>
<p style=»text-align: justify; «>Por su parte, el coordinador de Modernización, Rodrigo Lavanderos, señaló que «la gestión de datos es parte de una estrategia integral de la gobernanza digital de los países, es un área sensible que requiere de políticas de acceso, control de riesgos y seguridad informática, más aún en el mundo de las superintendencias, instituciones encargadas de las funciones de regulación de sectores productivos del país». Agregó que «este proyecto permitirá, como parte de la Agenda de Modernización del Estado establecer estándares que permitirán la interoperabilidad de los datos de los sectores regulados, generando las sinergias necesarias para facilitar y fortalecer el acceso y los servicios prestados a la ciudadanía».</p>
<p style=»text-align: justify; «>La superintendenta de Seguridad Social, Pamela Gana, quien fue parte de los expositores del encuentro, relevó la importancia de iniciar este proyecto de gobernanza de datos en conjunto con las superintendencias, que son los entes supervisores y reguladores en Chile. «La gobernanza de datos nos habilita para acercarnos a todo lo que es el proyecto de gobierno digital y de transformación digital del Estado. Al responder mejor a la ciudadanía con datos, les estamos garantizando derechos y un Estado más eficiente y efectivo. Y esto, tiene un impacto ciudadano importante», afirmó Gana.</p>
<p style=»text-align: justify; «>En la actividad participaron el coordinador de Modernización del Estado, Rodrigo Lavanderos; la representante del BID en Chile, Florencia Attademo-Hirt; el director de la Secretaría de Gobierno Digital, José Inostroza, las superintendentas Pamela Gana, de Seguridad Social; Marta Cabeza, de Electricidad y Combustibles; Vivien Villagrán, de Casinos y Juegos; y Claudia Pastore, quien reemplazó a la titular de Medio Ambiente; y los superintendentes Hugo Sánchez, de Insolvencia y Reemprendimiento; Mauricio Farías, de Educación; Víctor Torres, de Salud; Jorge Rivas, de Servicios Sanitarios; José Miguel Salazar, de Educación Superior; y Osvaldo Macías, de Pensiones.</p>
<p style=»text-align: justify; «>En términos más amplios, lo que se busca con este proyecto es avanzar hacia un Estado impulsado por datos, que no sólo optimice las operaciones internas, sino que también entregue mayor transparencia y confianza en las instituciones públicas.</p>
<p style=»text-align: justify; «>La asesoría del BID considera la elaboración de un diagnóstico sobre el nivel de madurez institucional de las superintendencias, identificando brechas y entregando recomendaciones, incorporadas en una estrategia y un plan de acción. Florencia Attademo-Hirt, representante del BID en Chile, dijo que «es fundamental fortalecer las condiciones habilitantes que permitan aprovechar el potencial de los datos como un componente crucial para la transformación digital. Estamos convencidos que no hay desarrollo sin ellos y sin modernización de las instituciones públicas»</p>
<p style=»text-align: justify; «>José Inostroza, director de la Secretaría de Gobierno Digital, destacó que «la transformación digital y un Estado más moderno se tienen que basar en un sistema de datos, por lo que hay que tener muy claro qué significa cada dato para cada uno de los actores. Estamos satisfechos porque hemos reunido a las superintendencias que son líderes en trabajar con datos en el Estado, que además regulan sectores. Por eso nos pondremos de acuerdo en un marco de gobernanza de datos para generar sinergia de proyectos entre ellas y potenciar la interoperabilidad».</p>

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Informe de Enfermedades Profesionales 2022. Informe de Enfermedades Profesionales 2022

Principales estadísticas de enfermedades profesionales y días perdidos de trabajadoras/es protegidos por la Ley N°16.744

Este documento entrega información sobre enfermedades profesionales del sector de mutualidades de empleadores, realizando una caracterización por sexo, diagnósticos, tramos de edad y finalmente focalizando en el diagnóstico de salud mental según actividades económicas.

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Ciclo de charlas sobre Actualización en Seguridad y Salud en el Trabajo para personas migrantes. Ciclo de charlas sobre Actualización en Seguridad y Salud en el Trabajo

Calificación de Accidentes del Trabajo y Enfermedades profesionales.

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Dictamen O-01-S-01123-2024

<p>1. Mediante carta de Antecedentes, la C.C.A.F. solicita que, considerando la necesidad de contar con medios que le permitan enfrentar adecuadamente situaciones coyunturales, tales como la ocurrencia de licencias médicas de colaboradores, feriados, permisos, etc., y administrar razonablemente los costos de personal de esa Caja para el cumplimiento de los estándares de servicios necesarios, requiere contar con el apoyo de trabajadores contratados en régimen de servicios transitorios, se le otorgue autorización para contratar personal bajo el régimen de servicios transitorios.</p>
<p>2. Sobre el particular, hay que indicar que, según lo establecido en el artículo 183-Ñ del Código del Trabajo, podrá celebrarse un contrato de puesta a disposición de trabajadores de servicios transitorios cuando en la usuaria (en este caso la Caja de Compensación) se dé alguna de las circunstancias siguientes:</p>
<p>a) suspensión del contrato de trabajo o de la obligación de prestar servicios, según corresponda, de uno o más trabajadores por licencias médicas, descansos de maternidad o feriados;</p>
<p>b) eventos extraordinarios, tales como la organización de congresos, conferencias, ferias, exposiciones u otros de similar naturaleza;</p>
<p>c) proyectos nuevos y específicos de la usuaria, tales como la construcción de nuevas instalaciones, la ampliación de las ya existentes o expansión a nuevos mercados;</p>
<p>d) período de inicio de actividades en empresas nuevas;</p>
<p>e) aumentos ocasionales, sean o no periódicos, o extraordinarios de actividad en una determinada sección, faena o establecimiento de la usuaria; o</p>
<p>f) trabajos urgentes, precisos e impostergables que requieran una ejecución inmediata, tales como reparaciones en las instalaciones y servicios de la usuaria.</p>
<p>Que el artículo siguiente, 183-O, dispone que el plazo del contrato de puesta a disposición de trabajadores de servicios transitorios deberá ajustarse a las siguientes normas. En el caso señalado en la letra a) anterior, la puesta a disposición del trabajador podrá cubrir el tiempo de duración de la ausencia del trabajador reemplazado, por la suspensión del contrato o de la obligación de prestar servicios, según sea el caso.</p>
<p>En los casos señalados en las letras b) y e), el contrato de trabajo para prestar servicios en una misma usuaria no podrá exceder de 90 días. En el caso de las letras c) y d) dicho plazo será de 180 días, no siendo ambos casos susceptibles de renovación. Sin embargo, si al tiempo de la terminación del contrato de trabajo subsisten las circunstancias que motivaron su celebración, se podrá prorrogar el contrato hasta completar los 90 ó 180 días en su caso.</p>
<p>3. Que, por su parte, de acuerdo con lo establecido en el numeral 5.1.7.1, sobre Relación de las C.C.A.F. del Compendio de Normas que regulan a las C.C.A.F., estas entidades deben adoptar todas las medidas necesarias para satisfacer de manera responsable, cordial, oportuna e integral los requerimientos de información pertinente que efectúen sus afiliados, relacionados, entre otras materias, con orientación o acceso a prestaciones de seguridad social, información sobre beneficios otorgados, reclamos, entre otros.</p>
<p>Para el efecto señalado, cada Caja de Compensación debe: a) Relacionarse con sus afiliados sólo a través de personal propio de la Caja de Compensación cuando se trate de prestaciones o funciones esenciales de la misma, tales como, el inicio y la tramitación de solicitudes de afiliación o desafiliación, tratándose de pensionados o trabajadores independientes; el inicio y la tramitación de solicitudes de crédito social; el trámite de acceso a prestaciones adicionales.</p>
<p>Enseguida, preceptúa el numeral 2.2.7, denominado «Personal que realiza las afiliaciones y desafiliaciones» del mismo Compendio que, las afiliaciones de ensionados a las C.C.A.F. y las desafiliaciones deben ser efectuadas por personal propio de las respectivas Cajas de Compensación y y que la C.C.A.F. está obligada a instruir y capacitar al personal que desempeñe las funciones a que se refiere el Título II del Libro II del Compendio de la Ley N°18.833, de tal manera que les permita proporcionar información adecuada y suficiente a los pensionados que deseen afiliarse o desafiliarse.</p>
<p>Además, indica el mismo numeral, el personal que realice la función de afiliación de pensionados debe ser capacitado previamente al efecto, el personal que se incorpore a la Caja debe ser evaluado mediante un examen de conocimientos sobre la materia, cuyos contenidos mínimos se detallan en el Anexo N°5: Contenidos Mínimos a considerar en Examen y que el personal que puede desempeñar esta actividad será aquel que tenga con la C.C.A.F. un contrato de trabajo vigente. Es indelegable en terceros la función de la afiliación de pensionados que realice el trabajador de la Caja.</p>
<p>Enseguida, establece la Circular N° 3796 de 2023, cuya vigencia se ha dispuesto para el 1° de julio de 2024, que, el personal de la C.C.A.F. que atiende personas afiliadas debe ser suficiente e idóneo, es decir, debe encontrarse debidamente capacitado en todos los regímenes legales y de bienestar social que administra la Caja de Compensación y acerca de la normativa de la Superintendencia de Seguridad Social en la materia.</p>
<p>Además, establece esta misma Circular que C.C.A.F. debe dar continuidad de atención a los afiliados en todas sus agencias o sucursales, sean estas físicas o virtuales, por lo que dicha entidad debe arbitrar las medidas de gestión necesarias para que los servicios y prestaciones que otorga no se vean afectadas por el cierre de una sucursal que atiende público en forma presencial debido a falta de personal u otras situaciones que pueden ser previstas con anterioridad.</p>
<p>4. Que, como se puede advertir, la Superintendencia ha impartido instrucciones sistemáticas a lo largo del tiempo en el sentido que ciertos servicios que las C.C.A.F. realizan, los que denomina esenciales, sean realizados sólo por personal propio de la Caja, y ello encuentra su justificación en que estas entidades otorgan prestaciones de seguridad social legales y de bienestar social, por lo que se requiere que, el personal que contratan las Cajas para realizar dichas labores esenciales se encuentre permanentemente capacitado e informado.</p>
<p>No obstante, a juicio de esta Superintendencia, lo señalado en el párrafo anterior no se contradice con la posibilidad de las Cajas de Compensación de utilizar el mecanismo de contrato de puesta a disposición de trabajadores de servicios transitorios, toda vez que permite contar con personal en carácter transitorio, es decir, por períodos mínimos y necesarios, para hacer frente a contingencias de falta de personal propio de la Caja que esté haciendo uso, por ejemplo, de licencia médica o feriado legal, o se trate de trabajos urgentes o impostergables. Además, permitirá dar continuidad de atención a los afiliados en todas sus agencias o sucursales, sean estas físicas o virtuales, tal como lo establece la Circular N°3.796 de 2023.</p>
<p>Sin perjuicio de lo anterior, cabe señalar que la Caja deberá velar por que ese personal transitorio reciba la adecuada capacitación en todos los regímenes legales y de bienestar social que administra esa entidad de previsión social y acerca de la normativa de la Superintendencia de Seguridad Social en la materia, aplicándose a las personas contratadas en régimen de servicios transitorios, en lo que corresponda, lo establecido en el numeral 5.1.1.4 de la Circular referida en el párrafo anterior.</p>
<p>5. En consecuencia, en atención a lo señalado precedentemente, esta Superintendencia declara que no existe impedimento para la contratación, por parte de las Cajas de Compensación de Asignación Familiar, de personal bajo el régimen de servicios transitorios, para la realización de funciones esenciales de la misma, en la medida que se cumpla con las exigencias señaladas.</p>

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