ORD. N°207

«1.- No procede reconsiderar el criterio de este Servicio contenido en el Ord. N°3303 de 17.12.2020.n2.- La doctrina uniforme e invariable de este Servicio ha señalado que los cambios o modificaciones de la persona jurídica empleadora, sea como concesionaria o sociedad operadora de un casino de juegos, no alterarán los derechos y obligaciones de los trabajadores emanados de sus contratos individuales o de los instrumentos colectivos de trabajo. De esta forma, los trabajadores mantienen su vigencia y continuidad con el o los nuevos empleadores, en virtud del principio de continuidad laboral que consagra el inciso 2° del artículo 4° del Código del Trabajo.»
Ir a la fuente
Author:

Powered by WPeMatico

ORD. N°199

‘El sistema de registro y control de asistencia consultado por la empresa Builder S.p.A., denominado «Solución de Control de Asistencia Builder», se ajusta a todas las exigencias contempladas en los Dictámenes N°1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133de 04.12.2017, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral.’
Ir a la fuente
Author:

Powered by WPeMatico

ORD. N°198

«El aporte realizado de forma permanente por la empresa para financiar un porcentaje del costo del Seguro de Salud de los trabajadores constituye remuneración conforme a lo dispuesto en el artículo 41 del Código del Trabajo, no encontrándose dentro de los presupuestos de exclusión establecidos por el legislador.»
Ir a la fuente
Author:

Powered by WPeMatico