«El término de la relación laboral de la docente que renunció al total de las horas que servía para su empleador y cumpla con los restantes requisitos que la ley exige, se producirá cuando esta última ponga a su disposición, la totalidad de la bonificación que le corresponda, lo que deberá materializarse a más tardar en el plazo de seis meses contados desde el traspaso de los recursos por parte del Ministerio de Educación a la Corporación Municipal, para el pago de la bonificación por retiro voluntario. «
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