ORD. N°2920

«La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse e instruir sobre materias que inciden en la interpretación de normas de carácter previsional, correspondiendo dicha facultad, en el caso en consulta. a la Superintendencia de Salud.»
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29 años, abogado desde los 24, interesado en el Derecho laboral e Informático.