Dictamen O-02-S-00356-2024

<p>1. Mediante oficio señalado en antecedentes, esta Superintendencia, recibió de la Subsecretaría de Previsión Social, un requerimiento de información proveniente de la Honorable Cámara de Diputadas y Diputados, respecto del proceso de creación e implementación de protocolos, en relación con los instrumentos de seguridad requeridos por aquellos que desempeñan y desempeñarán funciones de seguridad municipal.</p>
<p>2. En el contexto anterior, por medio del ORD.que se individualiza, se instruyó a los organismos administradores del seguro de la Ley N° 16.744, informar y remitir información relacionada con los Programas y/o Protocolos de asistencia técnica específica, que tengan elaborados para entidades empleadoras adheridas y/o afiliadas que cuenten con trabajadores que realicen labores de vigilancia y seguridad (Municipalidades u otros afines); Manuales, instructivos u otros que indiquen las medidas de prevención a considerar en el uso de instrumentos de seguridad (bastón, spray y chaleco), así como las medidas de seguridad que deben Capacitaciones específicas en temas vinculados a la prevención de riesgos y salud en el trabajo, asociados a la vigilancia y la seguridad para trabajadores y empleadores y otros antecedentes con que cuenten, específicos para el sector indicado.</p>
<p>3. En respuesta al requerimiento de esta Superintendencia, los organismos administradores detallaron las acciones asociadas a asistencias técnicas, capacitación especifica, material de difusión y programas de atención temprana de salud mental, para trabajadores encargados de labores de vigilancia y seguridad municipal, en los distintos ámbitos que éstas funciones abarcan, tales como; las actividades de seguridad comunal en ámbitos de prevención, resolución de problemas vecinales y de delitos en la misma comuna, incluyendo la coordinación con organismos encargados del orden público, las diferentes unidades de seguridad (seguridad ciudadana en automóviles, en motocicletas, guardias municipales, etc.), entre otras.</p>
<p><strong><em>4. A continuación, se indican las actividades de asistencia técnica proporcionadas por los organismos administradores, para las entidades empleadoras adheridas y/o afiliadas que cuenten con trabajadores que realicen labores de vigilancia y seguridad (Municipalidades u otros afines):</em></strong></p>
<p><strong>Asociación Chilena de Seguridad.</strong></p>
<p>Su asistencia técnica contempla:<br></br>
– Capacitaciones y actividades para empresas con personal de seguridad municipal.<br></br>
– Material de difusión: Guía para funcionarios en situaciones conflictivas y ficha por oficio para Guardia de seguridad.<br></br>
– Evaluación Psicolaboral para Vigilantes: certifica la idoneidad psicológica para cargos de guardia privado con o sin porte de armas, dentro de los recintos de las empresas, y que se mantiene publicado en el portal ACHS.</p>
<p>Programa de Intervención Temprana en Salud Mental: Cuenta con Unidad de Intervención en Crisis (UIC) para las Municipalidades afiliadas, cuyo objetivo es responder a la mitigación de agentes de lesión psicológica asociados a violencia y situaciones disruptivas. Cuenta con Atenciones psicológicas para trabajadores que sufren violencia externa (Ley 16744) la cual Funciona 24/7 con un protocolo de activación a un número nacional (Fase reactiva) y un Programa centrado en tres fases: formativa, preventiva y analítica (fase preventiva).<br></br>
– Se incluye carta respuesta y material adjunto.</p>
<p><strong>Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción.</strong></p>
<p>No existe un programa específico para la seguridad municipal, la asistencia técnica se<br></br>
adapta a la realidad local de cada municipio. Su asistencia técnica en seguridad y salud<br></br>
laboral contempla:<br></br>
– Matriz Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos específica, para funcionarios<br></br>
de seguridad pública .<br></br>
– Manuales y material preventivo sobre el uso de instrumentos de seguridad.<br></br>
– Capacitaciones en prevención de riesgos y salud laboral.<br></br>
– Fichas técnicas específicas, trípticos, listas de chequeo.<br></br>
– Cursos específicos para seguridad privada.<br></br>
– Cápsulas audiovisuales en Mutualflix: Conducción segura de motocicletas.<br></br>
Recomendaciones para primeros auxilios psicológicos.<br></br>
– Se incluye carta respuesta y material adjunto.</p>
<p><strong>Instituto de Seguridad del trabajo.</strong></p>
<p>No ha desarrollado, ni definido un Protocolo específico desde el punto de vista técnico para el uso de estos instrumentos de seguridad, en el entendido que no sería parte de su rol. Su asistencia técnica en seguridad y salud laboral contempla:</p>
<p>- Capacitaciones impartidas en Temáticas asociadas a cumplimientos normativos: Prevención y combate de incendios, Primeros auxilios, Prevención frente a la radiación solar, Hábitos de cuidado y competencias específicas: Talleres de autocuidado y cuidado mutuo, Psicología de la emergencia y primeros auxilios psicológicos.</p>
<p>- Se incluye carta respuesta</p>
<p><strong>Instituto de Seguridad Laboral.</strong><br></br>
No ha elaborado este tipo de material, con la precisión y especificidad consultada.</p>
<p>- Realiza Capacitaciones al personal que cumple funciones de vigilancia, contratado directamente por los empleadores.</p>
<p>- Se incluye oficio respuesta.</p>
<p>5. Finalmente, mencionar que el Decreto Supremo N° 40, en su artículo 21° indica, los empleadores tienen la obligación de informar oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo correctos. Los riesgos son los inherentes a la actividad de cada empresa.</p>
<p>Especialmente deben informar a los trabajadores acerca de los elementos, productos y sustancias que deban utilizar en los procesos de producción o en su trabajo, sobre la identificación de los mismos (fórmula, sinónimos, aspecto y olor), sobre los límites de exposición permisibles de esos productos, acerca de los peligros para la salud y sobre las medidas de control y de prevención que deben adoptar para evitar tales riesgos; en su artículo 22°, Los empleadores deberán mantener los equipos y dispositivos técnicamente necesarios para reducir a niveles mínimos los riesgos que puedan presentarse en los sitios de trabajo y, en el artículo 23°, Los empleadores deberán dar cumplimiento a las obligaciones que establece el artículo 21° a través de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad y los Departamentos de Prevención de Riesgos, al momento de contratar a los trabajadores o de crear actividades que implican riesgos.</p>
<p>Cuándo en la respectiva empresa no existan los Comités o los Departamentos mencionados en el inciso anterior, el empleador deberá proporcionar la información correspondiente en la forma que estime más conveniente y adecuada.</p>

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Emisión de licencias médicas disminuye y alcanza un promedio de 13 licencias mensuales por profesional de la salud en 2023. LME

<p style=»text-align: justify; «>El «Informe Anual de emisores de licencia médica electrónica 2023» de la Superintendencia de Seguridad Social, entrega una detallada caracterización respecto a la emisión de licencias médicas en Chile, tanto del seguro de salud público (FONASA) como del privado (ISAPRE).</p>
<p style=»text-align: justify; «>En el año 2023 el total de licencias médicas electrónicas (LME) pronunciadas, es decir, aquellas que fueron tramitadas e impactan en el gasto por subsidio de incapacidad laboral, ascendió a 7.847.970, y representa una disminución de 15,6% respecto a 2022. Del total, el 81,3% correspondió a FONASA mientras que el 18,7% perteneció a ISAPRE.</p>
<p style=»text-align: justify; «>Según el informe, en 2023 hubo 48.508 profesionales de la salud habilitados para emitir licencias médicas (médico o cirujano dentista) quienes otorgaron, en promedio, un total de 161 LME al año (excluyendo LME por COVID-19), que equivale a 13,4 licencias médicas mensuales, lo que significó una disminución de 3 LME en relación al año 2022.</p>
<p style=»text-align: justify; «>No obstante, se observa una alta concentración de emisión en un grupo reducido: un 0,9% del total de profesionales de la salud (418 profesionales) emitió sobre 1.600 licencias médicas en el año, lo que significó un gasto estimado del 11,4% del gasto total por concepto de pago de subsidio por incapacidad laboral (SIL), mientras que el 99,1% de los médicos representó el 88,6% del gasto estimado.</p>
<p style=»text-align: justify; «>La superintendenta de Seguridad Social, Pamela Gana, señaló que «en este segundo informe se mantiene la conclusión de que la alta emisión de licencia médica está focalizada en un grupo reducido de profesionales de la salud. Esto lleva a reiterar la necesidad de persistir en acciones fiscalizadoras de las diferentes instituciones involucradas, focalizando en la identificación temprana de aquellos profesionales que puedan estar emitiendo licencias médicas sin fundamento.»</p>
<p style=»text-align: justify; «></p>
<p style=»text-align: justify; «></p>
<p style=»text-align: justify; «>Al respecto es importante indicar que en el año 2023 hubo una disminución en el grupo que emitió 5 mil o más LME al año, considerando que en 2022 fueron 41 profesionales y en el 2023 esta cifra alcanzó a 6 profesionales.</p>
<p style=»text-align: justify; «>Los días prescritos por los profesionales de la salud también presenta diferencias significativas. Mientras que el promedio general de días es igual a 13,8, los profesionales que emiten más de 5 mil LME promediaron 24,9 días por licencia.</p>
<p style=»text-align: justify; «>Al caracterizar a los profesionales de la salud según especialidad y sus licencias emitidas, se observa que la mayoría de éstas son emitidas por profesionales sin especialidad (médicos cirujanos o médicos generales), 67,8% para los profesionales que emitieron menos de 1.600 licencias en el año 2023. Dicha proporción aumenta hasta 71,3% para los profesionales que emitieron más de 5 mil licencias al año.</p>
<p style=»text-align: justify; «>Respecto a la nacionalidad del profesional de la salud, 75,9% son chilenos y 24,1% extranjeros. El informe muestra una relación creciente en la proporción de profesionales extranjeros y el aumento de emisión LME. Así, de los profesionales que emiten menos de 1.600 LME, el 23,9% de los profesionales tienen nacionalidad extranjera, mientras que del grupo que emiten más de 5 mil LME, el 83,3% son extranjeros, es decir, 5 de cada 6 profesionales.</p>
<p style=»text-align: justify; «>Por otra parte, el informe demuestra que para el año 2023 hubo una importante disminución en el número de LME que emitieron los profesionales que fueron investigados y/o sancionados, situación que se puede explicar por el aumento en el número y efectividad de las investigaciones realizadas tanto por la SUSESO como por otras instituciones.</p>
<p style=»text-align: justify; «>En este sentido, la superintendenta Gana es enfática: «Como Superintendencia, seguiremos avanzando en expandir nuestras investigaciones, identificando tempranamente a los profesionales de la salud que hacen mal uso de este importante instrumento de la seguridad social que es la licencia médica y aplicando las sanciones que la ley nos faculta».</p>
<p>Revisa el informe completo <a href=»https://www.suseso.cl/607/w3-article-726795.html&_absolute=1″>AQUÍ</a></p>

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Informe anual de emisores de Licencias Médicas Electrónicas 2023. Informe anual de emisores de Licencias Médicas Electrónicas 2023

<p><span>Este documento presenta las principales características de las Licencia Médica Electrónica (LME) en 2023, tanto en el número de licencias y principales diagnósticos, como de los profesionales de la salud que las emiten.</span></p>

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Superintendencia de Seguridad Social pone a disposición nueva sección web sobre estadísticas de subsidios maternales. Sitio Subsidios Maternales

<p>En un webinar realizado esta tarde, la Superintendencia de Seguridad Social – SUSESO- dio a conocer la nueva sección de su sitio institucional dedicado a información estadística sobre subsidios maternales.</p>
<p>En la actividad participaron Pamela Gana, superintendenta de Seguridad Social; Daniela Quezada, directora de Estudios del Observatorio de Datos y Estadísticas de Género e Interseccionalidades (ODEGI), José Inostroza, director de la recién creada Secretaría de Gobierno Digital del Ministerio de Hacienda y Juan Bravo, director del Observatorio del Contexto Económico de la Universidad Diego Portales (OCEC UDP)</p>
<p>»Esta nueva sección se enmarca dentro de una de nuestras funciones, que es la de difundir y entregar información sobre beneficios de la seguridad social. Avanzamos como institución pública a entregar y poner a disposición de la ciudadanía, tomadores de decisión e investigadores, información que permite el diseño de políticas públicas, en base a datos seguros, reales y actuales», señaló la superintendenta Gana.</p>
<p>La nueva herramienta estadística se encuentra disponible desde hoy en la web y cuenta con información, desde el año 2011 hasta el mes anterior del año en curso, sobre sobre permiso prenatal, postnatal, postnatal parental y permiso por enfermedad de niño menor de un año.</p>
<p>En la actividad de lanzamiento, Daniela Quezada, directora de ODEGI, destacó que «este tipo de plataformas es relevante y fundamental para el trabajo que desarrollamos como organización de la sociedad civil. Es un lujo que estén las estadísticas a lo largo del tiempo y por más de 10 años. Este tipo de información nos sirve para hacer diagnósticos sobre lo que está ocurriendo con estos beneficios y sugerir avances en políticas publicas vinculadas a la corresponsabilidad. Es destacable que la información se esté actualizando todos los meses», sentenció.</p>
<p>El apartado estadístico dispone de múltiple información de los subsidios maternales como el número de subsidios iniciados, número de días pagados, gasto en subsidios y cotizaciones previsionales, subsidios por región, por sexo, edad y remuneración o renta imponible del beneficiario/a y año, y las entidades pagadoras.</p>
<p>José Inostroza, director del Gobierno Digital, felicitó la iniciativa e indicó: «La SUSESO debe ser una de las 4 o 5 instituciones del Estado que ha disponibilizado datos a la ciudadanía de esta manera, considerando que contar con este tipo de productos no es fácil y requiere mucho trabajo. Esto es importante ya que los países mejoran si cuentan con buenas políticas públicas y estas son mejores en la medida que cuentan con buena información y datos», concluyó.</p>
<p>Por su parte, Juan Bravo, director de ODEC-UPP, valoró el trabajo realizado por el equipo de la SUSESO afirmando que este sitio con información estadística «es un insumo muy significativo para la realización de estudios y toma de decisiones, respecto de la utilización de estos beneficios. Esta información es muy relevante para poder discutir con cifras y profundizar en los análisis para poder evaluar costos en la implementación de medidas sobre permisos a la maternidad y paternidad», puntualizó.</p>
<p><a href=»https://www.suseso.cl/608/w3-propertyname-775.html&_absolute=1″>Revise la nueva sección AQUÍ</a></p>

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