Dictamen 49771-2024

<p class=»dictamen-subtitle»>Visto:</p>
<p>La Ley N°16.395 que fija el texto refundido de la ley de organización y atribuciones de la Superintendencia de Seguridad Social; el D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de autorización de licencias médicas por las COMPIN e Instituciones de Salud Previsional y las Resoluciones N°s. 6, 7 y 8, de 2019, de la Contraloría General de la República que fijan normas sobre exención del trámite de toma de razón.</p>
<p class=»dictamen-subtitle»>Considerando:</p>
<p>Que, con fecha 19 de agosto de 2023, ha recurrido a esta Superintendencia el interesado , reclamando en contra de las Resoluciones de la COMPIN que confirmaron lo resuelto por la ISAPRE que le rechazó las licencias médicas que ha presentado por enfermedad grave de su hija , que padece múltiples enfermedades graves y ha requerido de hospitalización.</p>
<p>Que, la madre se encuentra haciendo uso de licencia médica por enfermedad grave del hermano mellizo de su hija.</p>
<p>Que, al respecto, se debe señalar que el artículo 199 del Código del Trabajo, dispone, en su inciso primero, que «cuando la salud de un niño menor de un año requiera de atención en el hogar con motivo de enfermedad grave, circunstancia que deberá ser acreditada mediante certificado médico otorgado o ratificado por los servicios que tengan a su cargo la atención médica de los menores, la madre trabajadora tendrá derecho al permiso y subsidio que establece el artículo anterior por el periodo que el respectivo servicio determine», agregando dicho precepto que «en el caso que ambos padres sean trabajadores, cualquiera de ellos y a elección de la madre, podrá gozar del permiso y subsidio referidos».</p>
<p>Que, el beneficio de la licencia médica por enfermedad grave del niño menor de un año, es uno sólo, aunque los niños menores de un año sean varios.</p>
<p>Que, conforme a lo señalado, el beneficio corresponde a la madre trabajadora, la que debe optar si ella o el padre usan la licencia médica para cuidar al o a los niños menores de un año.</p>
<p>Que, por tanto, para que el padre pueda hacer uso de una licencia médica por enfermedad grave del niño menor de un año, es necesario que tanto éste como la madre tengan la calidad de trabajadores y que la madre no haga uso del beneficio y manifieste su voluntad en orden a que sea el padre quien haga uso de dicha licencia.</p>
<p>Que, en consecuencia, en la especie, aún cuando sean dos los hijos que padecen una enfermedad grave, la madre solamente tiene derecho a una licencia médica, pudiendo optar por utilizarla ella o el padre., pero no pueden estar ambos con licencia médica por dicha causa.</p>
<p>Que, en su presentación, el recurrente señala que la madre está haciendo uso de licencia médica por enfermedad grave del hermano mellizo de su hija, conforme a lo cual, se desprende que la madre es la que está haciendo uso del beneficio de licencia médica regulado en el artículo 199 del Código del Trabajo, licencia que es una sola, sea uno más los menores de menos de un año que padecen de una enfermedad grave.</p>
<p class=»dictamen-subtitle»>Teniendo Presente:</p>
<p>Rechazase la reclamación del interesado y se confirman las Resoluciones de la COMPIN que confirmaron lo resuelto por la ISAPRE.</p>

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Ya comenzó el proceso de Declaración de Renta 2024

• Este año el Servicio de Impuestos Internos espera recibir más de 4,7 millones de declaraciones de Renta y pondrá a disposición propuestas para 3,9 millones de contribuyentes.
• La primera devolución de impuestos será el 26 de abril para quienes presenten su declaración entre el 1 y el 8 de abril y opten por transferencia electrónica.

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Designan al tributarista Sergio Henríquez como nuevo titular de la Dirección de Grandes Contribuyentes del SII

El Director del Servicio de Impuestos Internos, Hernán Frigolett, designó como nuevo titular de la Dirección de Grandes Contribuyentes de la institución al abogado de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Tributario de la misma casa de estudios, Sergio Henríquez Gutiérrez.

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SII espera recibir más de 4,7 millones de declaraciones y elaborará propuestas para 3,9 millones de contribuyentes en la Operación Renta 2024

A partir de hoy, el Servicio de Impuestos Internos (SII) puso a disposición de las y los contribuyentes la propuesta de declaración de Renta, para que puedan revisarla anticipadamente y verificar que los ingresos recibidos en 2023 estén adecuadamente incorporados y, de esta forma, realizar su declaración sin dificultades a partir del lunes 1 de abril.

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ORD. N°82/3

«Fija el sentido y alcance del artículo 22 bis del Código del Trabajo incorporado por la Ley N°21.561, publicada en el Diario Oficial, con fecha 26.04.2023, en lo que respecta a la participación que corresponde a los sindicatos en relación con los pactos sobre distribución de la jornada de trabajo prevista en el inciso primero del artículo 22 del mismo Código, sobre la base de un promedio semanal de cuarenta horas en un ciclo de hasta cuatro semanas y acerca de los acuerdos que pueden suscribirse por las aludidas organizaciones sindicales respecto de sus afiliados con el objeto de ampliar el tope semanal establecido igualmente en el inciso primero de la norma del artículo 22 en referencia.»

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