ORD. N°1004/32

«No resultan procedentes el recurso de reposición y, en subsidio, el jerárquico regulados en el artículo 59 de la Ley N°19.880 para impugnar Dictamen N°218/9, de 08.02.2023, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio.»

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29 años, abogado desde los 24, interesado en el Derecho laboral e Informático.