ORD.N°371

«Este Servicio debe abstenerse de resolver el Recurso Extraordinario de Revisión interpuesto en contra del Ordinario N°206 de 02.04.2025, dado que el asunto fue sometido al conocimiento de los Tribunales de Justicia. «

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29 años, abogado desde los 24, interesado en el Derecho laboral e Informático.