ORD.N°521

‘Las funciones desarrolladas por la trabajadora que se desempeña como «Captadora de Clientes» en la empresa Accidentes del Trabajo Ltda., no puede quedar exceptuada de jornada de acuerdo lo dispuesto en el cuerpo del presente informe. ‘

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29 años, abogado desde los 24, interesado en el Derecho laboral e Informático.