Superintendenta de Seguridad Social participa en conmemoración del Día del Trabajador . Día del Trabajo

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<p><strong><em>Santiago, 1 de mayo de 2022</em></strong>. La Superintendenta de Seguridad Social, Patricia Soto Altamirano, participó de la tradicional ceremonia de conmemoración del Día Internacional de las y los Trabajadores realizada en el Hospital del Trabajador de la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS). A la actividad llegaron la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara; la ministra de Salud, Dra. María Begoña Yarza; el presidente de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), David Acuña; el presidente de la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa) Richard von Appen, y la Intendenta de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Superintendencia de Seguridad Social, Pamela Gana.</p>
<p>Al finalizar el encuentro, la Superintendenta de Seguridad Social remarcó el compromiso de la institución que dirige con la seguridad y salud de las y los trabajadores: «Es muy importante que se propicien espacios de trabajo seguros para las personas que ahí desempeñan funciones, con el fin que no haya pérdidas de vida en el marco de acciones laborales, y para ello es muy importante la regulación y fiscalización que se pueda realizar y es parte del nuestro rol como Superintendencia».</p>
<p>La actividad inició con una visita de la ministra Jeannette Jara y el presidente de la ACHS, Paul Schiodtz, a pacientes que internados en el Hospital del Trabajador ACHS que se encuentran en rehabilitación por enfermedad o accidente del trabajo.</p>
<p>Por su parte, en la actividad de conmemoración, la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, afirmó que «queremos la solidaridad que tienen las mutualidades en nuestro de sistema de seguridad social. El tripartismo hoy presente nos pone en el desafío de construir un acuerdo que logre enfocar toda nuestra fuerza y convicción a mirar todo lo que está pasando en las instituciones de seguridad social y como se pueden potenciar».</p>
<p>A su vez, el presidente de la ACHS se refirió a los nuevos desafíos que enfrenta el país, tanto en el contexto de la seguridad social como en el mundo laboral. «Las mutualidades son el actor más antiguo del sistema, siendo instituciones sin fines de lucro y altamente reguladas que permiten proteger a las y los trabajadores de Chile con un seguro que es financiado íntegramente por sus empleadores, bajo los principios de la universalidad y solidaridad», dijo.</p>
<p>Posterior a la actividad con autoridades, la Asociación Chilena de Seguridad inauguró un mural urbano en el perímetro donde se construye el nuevo Hospital del Trabajador ACHS, en la comuna de Providencia, específicamente en la esquina de la calle Vicuña Mackenna con Francisco de Bilbao.</p>
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ISFUT recauda casi $ 3 billones desde su entrada en vigencia

Más de 3 billones de pesos se han podido recaudar con la implementación del nuevo ISFUT, beneficio tributario que permitió a los contribuyentes del Impuesto de Primera Categoría que mantenían saldos acumulados de rentas generadas hasta el 31 de diciembre de 2016, y que se encontraban pendientes de tributación con los impuestos finales, acogerse al pago de un Impuesto Sustitutivo con una tasa del 30%, pudiendo imputar en contra de dicho tributo el crédito por Impuesto de Primera Categoría, cuando correspondiera.

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ORD. N°650/12

«No existe obligación de registrar los contratos de trabajo en el sitio electrónico de la Dirección del Trabajo, respecto de aquellos trabajadores regidos por la Ley N°19.378 que se desempeñan en una corporación municipal de derecho privado.»
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ORD. N°484/11

«No resulta ajustado a derecho aplicar un sistema excepcional de distribución de jornada y descanso a trabajadores que se desempeñan bajo la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, la que resulta incompatible con las condiciones exigidas en el artículo 38 del Código del Trabajo, entre otras razones, por la imposibilidad del empleador de disponer libremente del lugar de trabajo para adoptar las medidas necesarias que este tipo de regímenes amerita y dificultar la labor fiscalizadora de este Servicio. »
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ORD. N°639

«1.- No procede jurídicamente extender beneficios de un instrumento colectivo a trabajadores con afiliación sindical.n2.- No se ajusta a derecho extender beneficios estipulados en un instrumento colectivo a trabajadores de la empresa o establecimiento de empresa sin afiliación sindical, sin el acuerdo previo de las partes del instrumento colectivo, en este caso sin el consentimiento de la organización sindical, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 322 del Código del Trabajo.»
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