Circular N° 53 del 20-12-2024 : Imparte instrucciones en materias tributarias s…

Imparte instrucciones en materias tributarias sobre el régimen de donaciones en apoyo a las entidades sin fines de lucro establecido en el Título VIII bis del Decreto Ley N° 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales; las donaciones efectuadas en con…

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SUSESO organiza encuentros anuales de Servicios de Bienestar y Comités Paritarios del sector público. Encuentros SUSESO 17 y 18 de diciembre 2024

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<p>El 17 de diciembre se llevó a cabo el <strong>Encuentro Anual de Servicios de Bienestar del Sector Público</strong>, un espacio dedicado a analizar las mejores prácticas y los desafíos que enfrenta el sector en la promoción del bienestar de las funcionarios y funcionarias. En tanto, el 18 de diciembre, se realizó el <strong>Seminario «Desafíos de la Seguridad y Salud en el Sector Público»</strong>, que convocó a los integrantes de los Comités Paritarios de los servicios públicos.</p>
<p>Las actividades contaron con la participación del subsecretario de Previsión Social, Claudio Reyes, de la superintendenta de Seguridad Social, Pamela Gana, de la directora del ISL, Aída Chacón, de los intendentes de Beneficios Social, Luis Díaz y de Seguridad y Salud en el Trabajo, José Francisco Castro y convocaron a cerca de 500 funcionarios públicos que también pudieron seguir el encuentro desde regiones a través de streaming.</p>
<p><strong>Servicios de Bienestar y el nuevo compendio de normas</strong></p>
<p>En el encuentro de Servicios de Bienestar se presentó oficialmente el nuevo <a href=»https://www.suseso.cl/621/w3-propertyname-800.html&_absolute=1»>Compendio de normas que regulan los Servicios de Bienestar del sector público</a>, una herramienta que permitirá tener en un cuerpo normativo único, sistematizado y actualizado, todas las instrucciones dictadas por la Superintendencia a estas entidades.</p>
<p>Las autoridades resaltaron la importancia de esta herramienta y los asistentes felicitaron la iniciativa. «La modernización, también significa contar con certeza regulatoria y la disponibilidad de información de alta calidad. Contar con un Compendio de normas para los Servicios de Bienestar del sector público es una excelente noticia que beneficiará tanto a las entidades fiscalizadoras como a los propios servicios, al establecer un marco claro, homogéneo y actualizado, de fácil consulta y disponible en cualquier momento», afirmó la superintendenta Gana.</p>
<p>En la oportunidad, además, se expuso sobre la adopción paulatina de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público en los servicios de Bienestar las que se espera otorgarán mayor transparencia y uniformidad en la información financiera; Comparabilidad entre las entidades públicas, tanto a nivel nacional como internacional y una mejora en la gestión de recursos públicos.</p>
<p>La presentación del Compendio estuvo a cargo del jefe del Departamento Normativo de la Intendencia de Beneficios Sociales (IBS) de la Suseso, Jonathan Rivera y de las profesionales Sara Vargas y Lorena Quezada. En tanto, las exposiciones sobre las normas internacionales estuvieron en manos del jefe de Fiscalización y Supervisión de la IBS, Cristian Llanos y del profesional de la Contraloría general de la República, Gustavo Smith. Ambas herramientas fueron comentadas por la representante de la Red de Servicios de Bienestar, Janina Olivares, y por Carolina Bertolone, quien compartió la experiencia exitosa en gestión del Servicio de Bienestar del Ministerio de Salud.</p>
<p><strong>Nuevo PMG de Riesgos Psicosociales en el Trabajo</strong></p>
<p>En el encuentro anual de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad de los servicios públicos se dio a conocer el nuevo Programa de Mejoramiento de Gestión (PMG) de Riesgo Psicosocial, que tiene por objetivo gestionar este tipo de riesgos ocupacionales para promover entornos de trabajo seguros y saludables.</p>
<p>En la oportunidad el subsecretario Reyes indicó que «los Comités Paritarios juegan un rol fundamental en la detección, gestión y en la prevención de los riesgos psicosociales», mientras que la superintendenta Gana agregó que «los Comités Paritarios son una herramienta de prevención que coloca al centro el diálogo social al interior de las organizaciones al tener representantes de los trabajadores y empleadores en un tema tan sensible e importante como la seguridad y salud en el trabajo, la que debe ser parte de la gestión estratégica de cualquier organización».</p>
<p>La presentación del nuevo PMG de Riesgos Psicosociales fue realizada por Luna Israel, profesional de la Dirección de Presupuesto, mientras que Enrique Pérez, de la subsecretaría de Previsión Social, fue el responsable de presentar el rol de los comités paritarios con la actualización del reglamento sobre gestión preventiva de los riesgos laborales para un entorno de trabajo seguro y saludable, más conocido como DS 44.</p>
<p>Al finalizar el encuentro, la Suseso entregó reconocimientos a ocho comités paritarios por la exitosa gestión realizada. Los comités premiados fueron del Gobierno Regional Valparaíso; del Instituto Traumatológico Dr. Teodoro Gebauer; de la Dirección Nacional de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas; del Hospital Arturo Hillerns Larrañaga, de Puerto Saavedra; del Hospital Provincial Dr. Rafael Avaria Valenzuela, de Curanilahue; del Estadio Nacional, del Instituto Nacional del Deportes y de la Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato (DIMAO) de la Municipalidad de San Bernardo.</p>
<p>Estos encuentros reflejan el compromiso de la Suseso con la promoción de una cultura de prevención y bienestar en el sector público, consolidándose como una instancia clave para el diálogo y la construcción de soluciones conjuntas. La participación activa de los comités paritarios, servicios de bienestar y diversas instituciones reafirma la relevancia de estas actividades para enfrentar los desafíos del futuro.</p>
<p>Revisa el Encuentro Anual de Servicios de Bienestar <a href=»https://drive.google.com/file/d/110A72zXoLx83JQWX2LiIN5IhpjwJoah3/view&_absolute=1″>AQUÍ</a></p>
<p>Revisa el seminario Desafíos de la Seguridad y Salud en el sector público <a href=»https://drive.google.com/file/d/1hwR43x0NY6bG3_8SB3Cri6o5dBcOx0Do/view&_absolute=1″>AQUÍ</a></p>

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SUSESO organiza encuentros anuales de Servicios de Bienestar y Comités Paritarios del sector público. Encuentros SUSESO 17 y 18 de diciembre 2024

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<p>El 17 de diciembre se llevó a cabo el <strong>Encuentro Anual de Servicios de Bienestar del Sector Público</strong>, un espacio dedicado a analizar las mejores prácticas y los desafíos que enfrenta el sector en la promoción del bienestar de las funcionarios y funcionarias. En tanto, el 18 de diciembre, se realizó el <strong>Seminario «Desafíos de la Seguridad y Salud en el Sector Público»</strong>, que convocó a los integrantes de los Comités Paritarios de los servicios públicos.</p>
<p>Las actividades contaron con la participación del subsecretario de Previsión Social, Claudio Reyes, de la superintendenta de Seguridad Social, Pamela Gana, de la directora del ISL, Aída Chacón, de los intendentes de Beneficios Social, Luis Díaz y de Seguridad y Salud en el Trabajo, José Francisco Castro y convocaron a cerca de 500 funcionarios públicos que también pudieron seguir el encuentro desde regiones a través de streaming.</p>
<p><strong>Servicios de Bienestar y el nuevo compendio de normas</strong></p>
<p>En el encuentro de Servicios de Bienestar se presentó oficialmente el nuevo <a href=»https://www.suseso.cl/621/w3-propertyname-800.html&_absolute=1»>Compendio de normas que regulan los Servicios de Bienestar del sector público</a>, una herramienta que permitirá tener en un cuerpo normativo único, sistematizado y actualizado, todas las instrucciones dictadas por la Superintendencia a estas entidades.</p>
<p>Las autoridades resaltaron la importancia de esta herramienta y los asistentes felicitaron la iniciativa. «La modernización, también significa contar con certeza regulatoria y la disponibilidad de información de alta calidad. Contar con un Compendio de normas para los Servicios de Bienestar del sector público es una excelente noticia que beneficiará tanto a las entidades fiscalizadoras como a los propios servicios, al establecer un marco claro, homogéneo y actualizado, de fácil consulta y disponible en cualquier momento», afirmó la superintendenta Gana.</p>
<p>En la oportunidad, además, se expuso sobre la adopción paulatina de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público en los servicios de Bienestar las que se espera otorgarán mayor transparencia y uniformidad en la información financiera; Comparabilidad entre las entidades públicas, tanto a nivel nacional como internacional y una mejora en la gestión de recursos públicos.</p>
<p>La presentación del Compendio estuvo a cargo del jefe del Departamento Normativo de la Intendencia de Beneficios Sociales (IBS) de la Suseso, Jonathan Rivera y de las profesionales Sara Vargas y Lorena Quezada. En tanto, las exposiciones sobre las normas internacionales estuvieron en manos del jefe de Fiscalización y Supervisión de la IBS, Cristian Llanos y del profesional de la Contraloría general de la República, Gustavo Smith. Ambas herramientas fueron comentadas por la representante de la Red de Servicios de Bienestar, Janina Olivares, y por Carolina Bertolone, quien compartió la experiencia exitosa en gestión del Servicio de Bienestar del Ministerio de Salud.</p>
<p><strong>Nuevo PMG de Riesgos Psicosociales en el Trabajo</strong></p>
<p>En el encuentro anual de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad de los servicios públicos se dio a conocer el nuevo Programa de Mejoramiento de Gestión (PMG) de Riesgo Psicosocial, que tiene por objetivo gestionar este tipo de riesgos ocupacionales para promover entornos de trabajo seguros y saludables.</p>
<p>En la oportunidad el subsecretario Reyes indicó que «los Comités Paritarios juegan un rol fundamental en la detección, gestión y en la prevención de los riesgos psicosociales», mientras que la superintendenta Gana agregó que «los Comités Paritarios son una herramienta de prevención que coloca al centro el diálogo social al interior de las organizaciones al tener representantes de los trabajadores y empleadores en un tema tan sensible e importante como la seguridad y salud en el trabajo, la que debe ser parte de la gestión estratégica de cualquier organización».</p>
<p>La presentación del nuevo PMG de Riesgos Psicosociales fue realizada por Luna Israel, profesional de la Dirección de Presupuesto, mientras que Enrique Pérez, de la subsecretaría de Previsión Social, fue el responsable de presentar el rol de los comités paritarios con la actualización del reglamento sobre gestión preventiva de los riesgos laborales para un entorno de trabajo seguro y saludable, más conocido como DS 44.</p>
<p>Al finalizar el encuentro, la Suseso entregó reconocimientos a ocho comités paritarios por la exitosa gestión realizada. Los comités premiados fueron del Gobierno Regional Valparaíso; del Instituto Traumatológico Dr. Teodoro Gebauer; de la Dirección Nacional de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas; del Hospital Arturo Hillerns Larrañaga, de Puerto Saavedra; del Hospital Provincial Dr. Rafael Avaria Valenzuela, de Curanilahue; del Estadio Nacional, del Instituto Nacional del Deportes y de la Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato (DIMAO) de la Municipalidad de San Bernardo.</p>
<p>Estos encuentros reflejan el compromiso de la Suseso con la promoción de una cultura de prevención y bienestar en el sector público, consolidándose como una instancia clave para el diálogo y la construcción de soluciones conjuntas. La participación activa de los comités paritarios, servicios de bienestar y diversas instituciones reafirma la relevancia de estas actividades para enfrentar los desafíos del futuro.</p>
<p>Revisa el Encuentro Anual de Servicios de Bienestar <a href=»https://drive.google.com/file/d/110A72zXoLx83JQWX2LiIN5IhpjwJoah3/view&_absolute=1″>AQUÍ</a></p>
<p>Revisa el seminario Desafíos de la Seguridad y Salud en el sector público <a href=»https://drive.google.com/file/d/1hwR43x0NY6bG3_8SB3Cri6o5dBcOx0Do/view&_absolute=1″>AQUÍ</a></p>

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Informe mensual Evolución de Licencias Médicas Electrónicas. Diciembre 2024. Informe mensual Evolución de Licencias Médicas Electrónicas. Diciembre 2024

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Gobierno termina de exponer proyecto que perfecciona el Sistema de Calificación de Enfermedades Profesionales en la Comisión de Trabajo de la Cámara . Comcal

<p>Valparaíso, 17 de diciembre de 2024.- La Comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputadas y Diputados continuó la tarde de este martes con el estudio del proyecto de ley del gobierno que moderniza el Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, iniciativa del Ejecutivo que crea un sistema autónomo de calificación de enfermedades profesionales.</p>
<p>Hoy participaron, por parte del Ejecutivo, la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, y el subsecretario de Previsión Social, Claudio Reyes. Ambas autoridades estuvieron acompañadas por la superintendenta de Seguridad Social, Pamela Gana.</p>
<p>En la instancia, el gobierno terminó de exponer y profundizar en las propuestas que están incorporadas en el proyecto, como, por ejemplo, el fortalecimiento de la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso), especialmente en facultades referidas a fiscalización de la industria y gobiernos corporativos, además de la medida de monocotización para trabajadores informales y/o independientes no obligados a cotizar.</p>
<p>»El proyecto de ley permitirá crear Comisiones Autónomas de Calificación de Enfermedades Profesionales y fortalecer las labores de fiscalización que realiza actualmente la Superintendencia de Seguridad Social. Por otro lado, permite la posibilidad de monocotizar, es decir, para que aquellas personas que hoy están en la informalidad, adscribirse a uno de los sistemas que, en este caso, es el de salud laboral y que tiene buenos beneficios y una buena cobertura», explicó la ministra Jeannette Jara.</p>
<p>En tanto, el subsecretario Claudio Reyes destacó que en esta sesión «hemos terminado de exponer la propuesta de cambio de la ley 16.744, que básicamente busca modificar el mecanismo de calificación de enfermedades profesionales y también incorpora esta figura de la monocotización. Hemos explicado la monocotización y hemos explicado las facultades adicionales que pedimos para la Superintendencia de Seguridad Social para intervenir ante situaciones de insolvencia de algunas mutuales, además de focalizarnos en un mejor gobierno corporativo. Esperamos que en las próximas sesiones expresen su opinión los trabajadores y otros grupos relacionados para que, finalmente, entremos en la votación específica de este proyecto de ley».</p>
<p>Por su parte, la superintendenta Pamela Gana, destacó que «hoy reforzamos todo lo referido a las mejoras de competencia de la Superintendencia de Seguridad Social, siempre pensando en velar por la entrega de derechos, de las prestaciones de la seguridad social en materia de Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Creo que ello es muy importante en el sentido de asegurar que los trabajadores y trabajadoras siempre reciban sus prestaciones en materia tan importante como lo es la salud laboral».</p>
<p>El proyecto tiene como uno de sus objetivos centrales el perfeccionamiento del Sistema de Calificación de Enfermedades Profesionales, creando para ello un nuevo sistema técnico que separe las labores que actualmente se encuentran radicadas en los organismos administradores del Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, esto es, las mutualidades de empleadores: la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS); el Instituto de Seguridad en el Trabajo (IST); la Mutual de Seguridad; el ente público Instituto de Seguridad Laboral (ISL), además de las empresas con administración delegada.</p>
<p>Además, fortalece el rol de la Suseso, otorgando al organismo supervisor atribuciones de coordinación y supervisión del correcto funcionamiento administrativo del nuevo Sistema de Calificación de Origen de Enfermedades, así como la fiscalización de gestión de riesgos, el cumplimiento de estándares de gobierno corporativo de las mutualidades, y el correcto uso de los recursos de los organismos fiscalizados.</p>
<p>Junto a ello, la iniciativa incorpora un régimen transitorio de monocotización, el que fue expuesto en detalle por el Ejecutivo, que tiene como finalidad que las y los trabajadores independientes accedan a las prestaciones del Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales por un tiempo máximo de cuatro años, además de disponer de los beneficios de la Ley del Seguro para el Acompañamiento de Niños y Niñas afectados por una condición grave de salud, conocido como Ley Sanna. Lo anterior, a fin de incentivar la formalización de estos trabajadores.</p>

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Tablas para el cálculo de los intereses penales y de los reajustes del artículo 22 de la Ley N°17.322 para ser aplicados en el mes de ENERO de 2025.. Tasas R 202501

<p>Esta Superintendencia ha elaborado las tablas (Tablas Nº 1, Nº 2, N° 3 y Nº 4) a ser utilizadas en el mes indicado en los siguientes archivos para calcular los intereses penales y reajustes que deben aplicarse a las cotizaciones que se paguen fuera del plazo legal, las que se remiten en esta oportunidad. Cabe señalar que mediante Circular N° 2.491 de 2008, esta Superintendencia impartió las instrucciones para la aplicación de la Ley N° 20.288, que modificó el artículo 22 de la Ley N°17.322.</p>
<h2 class=»»>Tablas N° 1 y 2</h2>
<p>Estas tablas comprenden los intereses penales aplicables a las cotizaciones adeudadas de remuneraciones devengadas con anterioridad a marzo de 2006; por tanto, continúan con un recargo del interés de 20%. Se hace presente que la Tabla Nº1 contiene los intereses penales a aplicar a deudas de cotizaciones correspondientes a remuneraciones anteriores a enero de 1994, sin considerar capitalización mensual de intereses devengados. Por su parte, la Tabla N° 2, que contiene los intereses penales a aplicar a deudas de cotizaciones correspondientes a remuneraciones devengadas desde enero de 1994 hasta febrero de 2006, considera la capitalización mensual de los intereses devengados.</p>
<h2 class=»»>Tabla N° 3</h2>
<p>Esta tabla contiene los intereses penales a aplicar a las cotizaciones adeudadas correspondientes a remuneraciones devengadas desde marzo de 2006, intereses que contienen un recargo de 50% de acuerdo con la modificación introducida al artículo 22 de la Ley Nº17.322 por el artículo 1° de la Ley N° 20.023. Cabe agregar que la Tabla N° 3 considera la capitalización mensual de los intereses devengados y, de acuerdo con lo instruido en el punto 1.- de la Circular Nº1.326, de 25 de enero de 1994, de esta Superintendencia, la primera capitalización de los intereses penales se efectúa el día 1º del mes subsiguiente a aquel en que se genera la deuda.</p>
<p>Con el fin de aclarar lo expuesto, cabe precisar el caso de un empleador que pague cotizaciones previsionales adeudadas provenientes de remuneraciones devengadas antes y después del 1° de marzo de 2006. En este caso, el interés penal a aplicarse a las cotizaciones pagadas con retraso, originadas en remuneraciones devengadas con anterioridad a marzo de 2006 se recargará en un 20%, razón por la cual, serán aplicables las Tablas N°s 1 y 2, dependiendo de la antigüedad de ellas, en tanto que el interés de las cotizaciones adeudadas originadas por remuneraciones posteriores a marzo de 2006, se recargará en un 50%, debiendo aplicarse la Tabla N° 3.</p>
<h2 class=»»>Tabla N° 4</h2>
<p>Esta tabla contiene los reajustes a aplicar a las cotizaciones adeudadas. Se hace presente que los porcentajes contenidos en las Tablas Nº 1, 2 y 3, deben aplicarse sobre la deuda previamente reajustada de acuerdo con los porcentajes señalados en la Tabla Nº4.</p>
<h2 class=»»>MULTAS</h2>
<p>Conforme al N° 22 letra a) del artículo 1° de la Ley N° 20.023, que modificó el artículo 22 a) de la citada Ley N°17.322, se eleva de 0,5 a 0,75 unidades de fomento por cada trabajador, la multa en los casos en que el empleador no declare oportunamente las cotizaciones correspondientes a remuneraciones que se hayan devengado a contar del mes de marzo de 2006 o que la declaración de éstas sea incompleta o errónea. Las multas que deban aplicarse a cotizaciones correspondientes a remuneraciones devengadas en meses anteriores a marzo de 2006, se sujetarán a la legislación vigente en la época de que se trate y a las instrucciones que hubiere impartido esta Superintendencia. Sin perjuicio de lo anterior, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Nº18.379, se presumirá la buena fe y no procederá aplicar la multa del artículo 22 a) de la Ley Nº 17.322 en caso que el empleador incurriere en errores u omisiones que no excedan del 2% del monto correcto de la respectiva declaración. No se aplicará lo anterior si se incurriere en reiteración dentro del plazo de un año. De igual forma, en conformidad a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 22 a) de la Ley N° 17.322, tampoco procederá aplicar la multa si el pago de las cotizaciones declaradas en forma errónea, pero no maliciosa, se efectúa dentro del mes siguiente a aquel en que se devengaron las remuneraciones. Cabe agregar que la Ley N° 20.023 no modificó las multas a aplicar en el caso de cotizaciones correspondientes a trabajadores de casa particular, por tanto, continuarán aplicándose a su respecto las normas vigentes con anterioridad a dicha ley. De esta forma, aun cuando éstas no hubiesen sido 3 declaradas, si se pagan dentro del mes siguiente a aquel en que se devengan las remuneraciones, no procederá la aplicación de multa. A su vez, ésta será sólo de 0,2 UF si las cotizaciones se pagan dentro del mes subsiguiente y de 0,5 UF si el pago se efectúa de esta fecha en adelante.</p>

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Resolución N° 121 del 19-12-2024 : Reitera exigencias legales sobre emisión de fac…

Reitera exigencias legales sobre emisión de facturas para el caso de supermercados y restaurantes y su cumplimiento Fuente: Subdirección de Fiscalización….

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Resolución N° 120 del 19-12-2024 : Establece criterios para definir un caso como r…

Establece criterios para definir un caso como relevante o de interés institucional conforme al numeral 5° de la letra C del inciso segundo del artículo 6° del Código Tributario. Fuente: Subdirección de Fiscalización….

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SII refuerza control al uso indebido de facturas por compras personales en supermercados y restaurantes

Con el objetivo de potenciar el combate a la evasión tributaria, el Servicio de Impuestos Internos dictó hoy una resolución que reitera las exigencias legales para la emisión de facturas en supermercados y restaurantes, restringiendo su uso exclusivamente a la compra de bienes o servicios relacionados con el giro o actividad del comprador, que son las únicas que dan derecho al crédito fiscal IVA.

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ORD. N°851/32

«1. A las trabajadoras que laboran en jardines infantiles VTF, administrados por la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, cuyas competencias y funciones desempeñadas permiten clasificarlas en las categorías de asistentes de la educación profesional, técnica, administrativa o auxiliar, les asiste el derecho a percibir la bonificación especial regulada en el artículo 30 de la Ley N°20.313.n2. A las educadoras de párvulos que, trabajando en un jardín infantil VTF administrado por la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, desarrollen funciones de aquellas establecidas en el artículo 5° del Estatuto Docente, no les asiste el derecho a percibir la bonificación especial regulada en el artículo 30 de la Ley N°20.313.nn3. Reconsidera Dictámenes Nos3.801/37 de 29.08.2012 y 852/9 de 05.03.2014, de esta Dirección del Trabajo.»

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